Audiencia de Mediación.
En los procedimientos especiales como el de Lopnna, se aplican algunos medios para la resolución de los conflictos, entre estos tenemos la Mediación.
La audiencia de Mediación forma parte de la primera etapa de la audiencia preliminar y del proceso, en ésta la ley brinda la oportunidad de que las partes en conflicto puedan a llegar a buenos acuerdos en sana amistad, y evitar si es posible el viaje al proceso judicial
En ejecución de esta audiencia el juez es rector del proceso e indica a las partes como va a desenvolverse dicha audiencia.
Primeramente alega el demandante y luego el demandado, la audiencia busca centrar los alegatos en que las partes están de acuerdo y trata de que se lleguen a acuerdos para evitar si es posible el proceso de lo probatorio y juicio.
Con el norte de la Mediación se busca evitar la etapa de las pruebas que pudiera extender el proceso a situaciones quizás innecesarias y finalmente evitar el juicio para esperar una decisión.
Con el fin de valorar el principio de celeridad es que se pretende llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes y finalmente tomar una decisión.
De llegar a buen acuerdo, el juez de Mediación pasa a tomar una decisión homologado dicho acuerdo y dando carácter de cosa juzgada.
De no lograrse un acuerdo, el paso siguiente será la audiencia de Mediación.
Estamos a su orden..

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